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Oficina del Derecho a la Vivienda

Funciones

Funciones de la Oficina del Derecho a la Vivienda

El IMV crea la Oficina del Derecho a la Vivienda con objeto de atender las necesidades de los ciudadanos que tienen problemas con el pago de su vivienda. Se trabajará en tres frentes:

1. Asuntos derivados de fenómeno hipotecario:  La Oficina mediará con el banco para evitar la judicialización del asunto y conseguir una reestructuración de la deuda, continuando con el trabajo de la Oficina de Intermediación Hipotecaria del Ayuntamiento de Málaga.

En los casos en que el asunto ya esté en el juzgado se pondrá al ciudadano en contacto con el Colegio de Abogados para que le asesoren.

Si ha llegado el momento del lanzamiento, independientemente de poner al ciudadano en contacto con el Colegio de Abogados, se estudiará el expediente remitiéndolo al Comité FRES y al Registro de Demandantes de Vivienda para gestionar el acceso a una vivienda protegida.

2. Desahucios derivados por impagos de alquileres: La Oficina mediará con el arrendador de la vivienda para intentar reestructurar el alquiler. Si esto no fuera posible se remitirá el expediente al Comité FRES y, caso de ser aprobado, se le asignaría una ayuda de alquiler para que pueda continuar en la vivienda.

En caso de que haya una orden de lanzamiento y no sea posible la negociación con el arrendador, se iniciarán los trámites para un posible acceso a una vivienda protegida o, caso de aprobarlo el Comité FRES, se le gestionará una ayuda de alquiler. 

3. Ocupaciones irregulares de viviendas: La Oficina remitirá el expediente al Comité FRES y al Registro de Demandantes para gestionarle el posible acceso a una vivienda protegida y a una ayuda de alquiler.

Preguntas frecuentes

Se trata de viviendas de nueva planta destinadas a la venta o al alquiler y acogidas a algún régimen de financiación de viviendas protegidas (VPO).

Estas viviendas se caracterizan fundamentalmente por tener limitado el precio máximo.

El IMV dispone de una oferta dirigida a aquellas personas que más dificultades tienen a la hora de acceder a una vivienda en las actuales circunstancias del mercado, con promociones en Régimen Especial en Venta o Viviendas Protegidas en Alquiler. Además, el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo contempla la promoción de viviendas para la Integración Social, destinadas a familias cuyos ingresos no superan el IPREM.

El IMV dispone de una oferta dirigida a aquellas personas que más dificultades tienen a la hora de acceder a una vivienda en las actuales circunstancias del mercado, con promociones en Régimen Especial en Venta o Viviendas Protegidas en Alquiler. Además, el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo contempla la promoción de viviendas para la Integración Social, destinadas a familias cuyos ingresos no superan el IPREM.

Para facilitar el acceso a estas viviendas, se puede disfrutar de financiación cualificada, si bien el Plan Estatal de Vivienda Vigente en la actualidad no contempla esta posibilidad.

Sí, las parejas definidas en la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho, se asimilan a la familia a los efectos del plan Andaluz de Vivienda y Suelo.

A aquellas personas que dispongan del Certificado de necesidad de vivienda adaptada, expedido por el Centro de Valoración y Orientación de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

Es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Se trata de un índice de referencia para el cálculo del umbral de ingresos a efectos de ayudas para vivienda, becas, subsidios por desempleo... Fue introducido (Real Decreto Ley 3/2004 de 25 de junio) en sustitución del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que quedó restringido al ámbito laboral. El IPREM se actualiza cada año en la Ley de Presupuestos.

Se considera que una persona tiene necesidad de vivienda cuando se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:

  • Carece de la misma en propiedad, alquiler o usufructo.
  • Reside en viviendas con deficientes condiciones de habitabilidad o superficie inadecuada.
  • Estar en situación de quedar privado de la vivienda por expropiación, desahucio o provisionalidad por razones de emergencia.

La regulación de estas circunstancias puede variar dependiendo de cada Comunidad Autónoma.

Comisión de seguimiento

La Comisión de seguimiento de la Oficina del Derecho a la Vivienda tiene como objetivo proponer medidas a nivel municipal para garantizar el derecho a uno vivienda digna.

Composición:

Presidente:

  • D. Francisco de la Torre Prados.

Vocales:

  • Un representante por cada grupo poLítico a designar por ellos.

Técnico municipal responsable:

  • Sr. Director de la Oficina del Derecho a la Vivienda

Por las asociaciones de consumidores: un representante de cada una de las siguientes:

  • Asociación de consumidores, amas de casa "Santa Maria de la Victoria" (ALANDALUS).
  • Alianza para la defensa de consumidores y usuarios activos (ADECUA).
  • Asociación de consumidores y usuarios bancarios (ADICAE).
  • Unión de consumidores de Málaga (UCE).
  • Asociación de consumidores y usuarios en acción de Málaga (FACUA).

Por las Asociaciones Vecinales: un representante de cada una de las siguientes designado por ellas:

  • Federación Provincial de Asociaciones de Vecinos Solidaridad.
  • Federación de Asociaciones de Vecinos de Málaga Unidad.

Por las asociaciones que trabajan con los afectados por los desahucios: un representante de cada una de las siguientes designado por ellas:

  • Servicio de Mediación hipotecaria de Cáritas
  • Plataforma de afectados por la hipoteca (PAH)

Secretario:

D. Jorge García de Herrera Fernández

Planes de ayuda al alquiler