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Venta de aparcamientos en Soliva R5

Venta directa de aparcamientos en la Promoción Soliva R5

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Plazo de presentación de solicitudes: desde el 8 de Marzo de 2024 hasta la venta de todas las unidades disponibles.

A partir del día 8 de Marzo de 2024 se ponen a la venta los aparcamientos de forma directa y conforme a lo establecido en la Ley 7/1999 de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, en la promoción R5 de Soliva Este, Málaga.

Las personas interesadas deben presentar oferta de compra por escrito siguiendo el modelo de solicitud, por registro de entrada presencial o electrónico:

Las solicitudes se tramitarán por odrden de presentación (por días), iniciándose el procedimiento regulado para su venta.

En caso de que en el mismo día, entre las 0:00 horas y las 24:00, se presentaran más ofertas para el mismo aparcamiento, la venta se tramitará a la oferta más alta. En caso de empate se decidirá por sorteo.

El precio del aparcamiento, junto con su IVA, se abonará a la firma de escritura.

Los gastos de transmisión corren por cuenta de la parte compradora, salvo la Plusvalía (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana).

En caso de dudas, consultar con el correo imv@malaga.eu

Documentos

Venta directa de local y aparcamientos en C/ Calvo

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Enajenación mediante subasta pública de un local comercial y diez plazas de aparcamientos ubicados en C/ Calvo nº 7 y 9, Málaga.

Plazo de presentación de ofertas: desde el día 17/11/2021 hasta el 5/11/2022.

Más información.

Venta de aparcamientos en Soliva R4

Venta directa de aparcamientos en la Promoción Soliva R4

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Plazo de presentación de solicitudes: desde el 9 de julio de 2021 hasta la venta de todas las unidades disponibles.

A partir del día 9 de julio de 2021 se ponen a la venta los aparcamientos de forma directa y conforme a lo establecido en la Ley 7/1999 de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, en la promoción R4 de Soliva Este, Málaga.

Las personas interesadas deben presentar oferta de compra por escrito siguiendo el modelo de solicitud, por registro de entrada presencial o electrónico:

Las solicitudes se tramitarán por odrden de presentación (por días), iniciándose el procedimiento regulado para su venta.

En caso de que en el mismo día, entre las 0:00 horas y las 24:00, se presentaran más ofertas para el mismo aparcamiento, la venta se tramitará a la oferta más alta. En caso de empate se decidirá por sorteo.

El precio del aparcamiento, junto con su IVA, se abonará a la firma de escritura.

Los gastos de transmisión corren por cuenta de la parte compradora, salvo la Plusvalía (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana).

En caso de dudas, consultar con el correo imv@malaga.eu.

Procedimiento de adjudicación

El Instituto Municipal de la Vivienda, la Rehabilitación y la Regeneración Urbana,  va a proceder a contactar directamente con las ofertas que han quedado en primera posición en cada aparcamiento  para   proceder a tramitar el expediente de enajenación y formalización de las escrituras de venta.

Relación de solicitantes a 15  de febrero de 2022.

Documentos

Enajenación de solares, locales y anejos

Proceso de tramitación

Descripción

Enajenacion (venta o alquiler fundamentalmente) de aparcamientos, trasteros, locales comerciales y terreno municipal para la edificación de viviendas, comercial, etc.

¿Quién lo puede solicitar?:

Cualquier persona física o jurídica que no se halle en curso de prohibición para contratar con la Administración Pública (art.21.5 LCAP).

Fecha de solicitud:

Cuando se decida vender elementos previa aprobación por el Consejo Rector del Instituto Municipal de la Vivienda.

Plazo de resolución:

2 meses (aproximadamente).

Plazo de validez y recurso:

La validez será para cada subasta o procedimiento negociado y hasta que se adjudiquen los elementos. El plazo de recurso será el que establezca el pliego de condiciones específico.

Subasta

Este organismo además de las viviendas protegidas enajena otros bienes, como trasteros, aparcamientos, locales comerciales y parcelas de terreno. Como criterio general la forma de venta de estos bienes patrimoniales es mediante subasta pública o concurso. En función de la normativa reguladora de las viviendas protegidas, se podrían enajenar mediante sorteo. Sin embargo, cuando el importe del bien es inferior a 12.000 euros se puede utilizar el procedimiento negociado. En la subasta se pueden tener en cuenta factores diferentes del económico, siempre que el anuncio de la subasta valore otros elementos, como por ejemplo la finalidad de los mismos.

Otra formula de venta es cuando el precio del bien (Aparcamiento o trastero) viene determinado legalmente por tratarse de un anexo calificado dentro de la VPO. En este caso se toma el criterio de adjudicación por sorteo público para la selección de los adjudicatarios.

Inicio: La enajenación de bienes que forman parte de promociones de viviendas suele efectuarse cuando las obras de construcción están terminadas. Para solares o parcelas, cuando lo decide el Consejo Rector del Instituto Municipal de la Vivienda. En ambos casos, el procedimiento se inicia con la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del anuncio de la subasta, así como en un diario de publicación local.

Plazo de presentación: Un mes contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el citado boletín.

Documentación a presentar: La documentación se deberá presentar en dos sobres, uno con la documentación requerida por del pliego de cláusulas administrativas y otro con el modelo de oferta económica:

  • Sobre número uno:
    • documentación acreditativa de la personalidad del solicitante, tanto si es persona jurídica como física.
    • declaración jurada de no hallarse incurso en prohibición para contratar con la Administración Pública (art. 21.5 LCAP).
    • y demás documentación que en el caso en concreto se le pueda solicitar.
  • Sobre número dos:
    • la oferta económica se presenta en sobre cerrado conforme al modelo que se indique en el anuncio de la subasta.

Mesa de contratación: Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se reúne la mesa de contratación para el examen de las ofertas presentadas, abriendo primero el sobre donde se aporta la declaración jurada. Si la declaración jurada aportada en el primer sobre está correcta, se procede a la apertura del sobre con la proposición económica.

Adjudicación: El Consejo Rector resuelve la adjudicación de los bienes junto con el importe de la adjudicación o bien los declara desiertos.

Notificación: La resolución anteriormente indicada se notifica a los participantes en la subasta. También se publican los adjudicatarios en el Perfil del Contratante.

Escritura: Una vez cumplidos todos los trámites se cita a los adjudicatarios para la firma de la escritura de compraventa, o del contrato de alquiler.

Forma de pago: El importe del bien debe ser abonado al momento de la firma de la escritura de compraventa, o como se determine en el correspondiente pliego de alquiler a partir de la firma del contrato.

Procedimiento negociado

Cuando el valor del bien es inferior a doce mil euros se utiliza el procedimiento negociado, que consiste en la solicitud de ofertas a varias personas físicas o jurídicas.

Cuando los bienes que se enajenan son aparcamientos o trasteros no vinculados a ninguna vivienda pero ubicados en una de nuestras promociones, se les suele ofertar a los vecinos de la promoción.

Otra forma de venta, dentro de este mismo procedimiento es mediante un anuncio en el tablón de edictos de este organismo y en prensa local abriendo un plazo para presentar instancias solicitando dicho bien y acreditando la personalidad del solicitante.

La adjudicación se realiza mediante resolución del Consejo Rector o del Presidente de este organismo y posteriormente se procede a la firma de la escritura pública de compraventa (o al contrato de alquiler en su caso) momento en el cual se abona la totalidad del importe del bien.