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Entornos de rehabilitación programada

RDL 853/2021, de 5 de octubre.
Orden de 8 de marzo de 2022.

Plan Eco Vivienda:

Programa 1. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.

Publicada la Orden de 8 de marzo de 2022, por la que se establecen los criterios objetivos y calificación a aplicar para la evaluación de propuestas de actuaciones presentadas por Ayuntamientos y demás entidades públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el marco de los Programas 1 y 6 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOJA Núm. 49 de 14 de marzo), se somete a información general que por parte de esta Agencia Publica Administrativa Local Instituto Municipal de la Vivienda, la Rehabilitación y la Regeneración Urbana, se está analizando diversas Barriadas de la Ciudad que pudieran ser candidatas a incluirse en Entorno de Rehabilitación Programada al amparo del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.

Por ello, dado que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establece la posibilidad de que estas actuaciones sean desarrolladas por Agentes rehabilitadores:

Artículo 8. Agentes y gestores de la rehabilitación.

  1. Se entenderá por agente o gestor de la rehabilitación la persona física o jurídica, o entidad pública o privada que pueda realizar actuaciones de impulso, seguimiento, gestión y percepción de ayudas públicas, mediante mecanismos de cesión de derecho de cobro o similares, acceso a la financiación, elaboración de documentación o proyectos técnicos u otras actuaciones necesarias para el desarrollo de las actuaciones de rehabilitación o mejora que puedan ser objeto de financiación a través de alguno de los programas recogidos en este real decreto.
  2. A tal efecto, las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla posibilitarán en la aplicación de los recursos transferidos y en las convocatorias la participación de estos agentes o gestores de la rehabilitación que faciliten modelos tipo «llave en mano» a propietarios y comunidades de propietarios o agrupación de comunidades de propietarios de edificios de vivienda.
  3. La actuación de estos agentes y gestores exigirá que aporten un documento que acredite el acuerdo con la propiedad, comunidad de propietarios o agrupación de comunidades de propietarios, que les faculte y autorice a actuar como tales.
  4. En todo caso, las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla podrán determinar las funciones concretas de los agentes y gestores de la rehabilitación.
  5. La participación del agente o gestor de la rehabilitación no exime al destinatario último de cumplir todas las obligaciones que le incumben, sin perjuicio de la responsabilidad que, además, pueda exigirse a dicho agente o gestor.

Artículo 13. Destinatarios últimos de las ayudas.

  1. Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas quienes asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito del ERRP delimitado para la actuación. Cuando la ejecución de la actuación corresponda a varios destinatarios, la ayuda se distribuirá en proporción al coste y la responsabilidad asumido por cada uno.
  2. Los destinatarios últimos de las ayudas podrán ceder el cobro de estas al agente o gestor de la rehabilitación mediante el acuerdo a que se refiere el artículo 8.3 de este real decreto.
  3. Los destinatarios últimos o, en su caso, el agente o gestor de la rehabilitación que actúe por cuenta de aquellos, destinarán el importe íntegro de la ayuda al pago de las correspondientes actuaciones. Cuando se trate de comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades de propietarios, esta regla resultará igualmente de aplicación con independencia de que, tanto el importe de esta, como el coste de las obras, deba repercutirse en los propietarios de viviendas y en su caso locales comerciales o predios de otros usos compatibles, de conformidad con las reglas previstas en la legislación sobre propiedad horizontal.

Serán admitidas a análisis, las propuestas de delimitación de Entornos de Rehabilitación Programadas, que presenten los Agentes de Rehabilitación como iniciativas propias.

Una vez analizadas las propuestas presentadas por la Oficina de Rehabilitación Urbana de esta Agencia, en caso que se estime su viabilidad, se elevará propuesta de las mismas a la Administración de la Comunidad Autónoma, con base la Orden de 8 de marzo de 2022.

No se establece fecha límite de presentación, si bien las que se presenten a partir del 14 de mayo podrán ser elevadas a la Comunidad Autónoma se someterán, además de los requisitos señalados en la Orden, a la existencia de crédito disponible.

Las iniciativas presentadas por los Agentes Rehabilitadores deberán presentarse por registro de entrada de esta Agencia por los medios admitidos en derecho y con la documentación exigida en la Orden de 8 de marzo de 2022.

Documentación

Información adicional

Para la justificación de conveniencia y oportunidad de los barrios solbre los que los Agentes Rehablitadores presenten iniciativas, se debe analizar nuestro Plan Municipal de Vivienda, Suelo y Rehabilitación del Municipio de Málaga 2014-2023, los barrios señalados por el ministerio en las Fichas estadísticas de Barrios Vulnerables, que publica el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Este estudio analiza la Vulnerabilidad Urbana desde una perspectiva multidimensional o multifactorial tomando unos Indicadores Básicos de Vulnerabilidad Urbana, que permiten caracterizar los barrios a partir de la información estadística disponible a nivel de seccioón censal en los Censos de Población y Vivienda (1991, 2001 y 2011), así como el Análisis Social del Municipio de Málaga, encuadrado dentro de la ERACIS (Estrategia Regional Andaluza para la Cohesión e Inserción Social).

Plan Municipal de Vivienda, Suelo y Rehabilitación del Municipio de Málaga 2014-2023: Rehabilitación.

Plan Municipal de Vivienda, Suelo y Rehabilitación del Municipio de Málaga 2014-2023: Planificación, programación, estrategias y elaboración.

Ficha estadística de Barrio Vulnerable, que publica el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. 

Análisis Social del Municipio de Málaga (ERACIS 2018).

Plan Eco Vivienda, de la Junta de Andalucía.

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