Rehabilitación Ascensores 2024
La presente Convocatoria tiene por objeto regular la concesión de las subvenciones a la rehabilitación, adecuación y reparación de edificios, para la mejora de la accesibilidad e implantación de ascensores.
Plazo de presentación de solicitudes: desde el día 17 de septiembre hasta el 31 de octubre de 2024, ambos inclusive.
Modalidades de la actuación subvencionable
Se establecen cuatro tipos de modalidades o actuaciones:
TIPO A:
Ayudas destinadas a la implantación de ascensores y mejoras en la accesibilidad de edificios de viviendas plurifamiliares.
Las ayudas oscilarán entre el 90% y el 75 % del presupuesto protegible de la actuación, con un máximo de subvención de 100.000,00 euros por edificio residencial.
TIPO B:
Destinadas a la implantación de ascensores y mejoras en la accesibilidad de edificios de equipamiento privados cuyo uso se atribuye a organizaciones sin ánimo de lucro.
Esta subvención será entre el 90% y el 75 % del presupuesto protegible de la actuación, con un máximo de 100.000,00 euros por edificio de equipamiento.
TIPO C:
Destinadas a la mejora de la accesibilidad en zonas comunes de los edificios de viviendas plurifamiliares que ya dispongan de ascensor.
En este caso, las ayudas podrán ser desde el 90% hasta el 75 % del presupuesto protegible de la actuación, con un máximo de subvención de 25.000,00 euros por edificio.
TIPO D:
Destinadas a la sustitución de ascensores en edificios de viviendas plurifamiliares.
De entre el 25% al 50% del presupuesto protegible de la actuación, con un máximo de subvención de 40.000,00 euros por edificio.
Destinatarios de las ayudas
Para obtener la condición de beneficiario de estas ayudas es requisito indispensable, para las comunidades de propietarios que los ingresos de las unidades familiares propietarias y residentes en, al menos, la mitad de las viviendas que componen el edificio sean inferiores a 4 veces el IPREM, con independencia del quorum para adoptar el acuerdo.
Y para el caso de Comunidades de arrendatarios o usufructuarios debidamente autorizados por la propiedad; agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, los ingresos de las unidades familiares residentes en, al menos, la mitad de las viviendas que componen el edificio deben ser inferiores a 4 veces el IPREM.
Documentos
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Bases de la Convocatoria ascensores 2024
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Ordenanza de rehabilitación
Formato: pdf / Tamaño: 75 KB
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Primera modificación de la ordenanza de rehabilitación
Formato: pdf / Tamaño: 4853 KB
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Segunda modificación de la ordenanza de rehabilitación
Formato: pdf / Tamaño: 358 KB
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Tercera modificación de la Ordenanza de Rehabilitacion
Formato: pdf / Tamaño: 375 KB
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Solicitud de rehabilitación para implantación de ascensores
Formato: pdf / Tamaño: 957 KB
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Declaración responsable sobre causas de exclusión (Doc. 2)
Formato: pdf / Tamaño: 877 KB
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Declaración responsable sobre percepción de otras ayudas (Doc. 3)
Formato: pdf / Tamaño: 904 KB
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Declaración responsable sobre condiciones socioeconómicas (Doc.4)
Formato: pdf / Tamaño: 877 KB